DESALOJO DE LA RESIDENCIA CALATRAVA

El próximo 13 de marzo se procederá al desalojo de la Residencia Calatrava.
La consejería de bienestar social y la concejalía  de servicios  sociales de la localidad mediarán en el conflicto.


El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Almagro ha fijado el lanzamiento de la residencia de mayores Calatrava, ubicada a las afueras de Calzada, para las once de la mañana del próximo 13 de marzo. Una decisión que ha comunicado a los familiares de los afectados, así como a la Consejería de Bienestar Social y la Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento calzadeño. En una diligencia de ordenación a la que ha tenido acceso La Tribuna, fechada el pasado 6 de febrero, el juez señala el 13 de marzo para el desalojo del edificio y requiere a su actual ocupante, la empresa Ruiz Espinosa 2013 SLU, para que antes de la entrega del mismo retire las cosas de su propiedad que no sean objeto del título, con la advertencia de que si no retira dichos objetos, «serán considerados bienes abandonados a todos los efectos».

Hay que recordar que el juzgado almagreño encargado de este procedimiento, mediante un decreto dictado el pasado mes de noviembre, había fijado como fecha del lanzamiento el 9 de enero de 2019. Una decisión que aplazó el 20 de diciembre hasta que la empresa que gestiona esta residencia privada de mayores facilitara un listado completo con el nombre y los datos de todos los residentes (cerca de 50) y de sus familiares o tutores legales, «a fin de enviarles comunicación personal a todos ellos». Un listado que requirió «nuevamente» el 24 de enero, «bajo expreso apercibimiento de incurrir en un ilícito penal de desobediencia a la autoridad». Con el listado ya en su poder, el juez informó de la nueva fecha del lanzamiento a las partes y a los usuarios de la residencia Calatrava, con cuyos datos personales, facilitados por la empresa Ruiz Espinosa 2013, acordó formar una pieza separada, «para que sean tratados a los exclusivos fines jurisdiccionales de este procedimiento». De esta forma, su acceso quedará restringido al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Almagro. También trasladó esta decisión a la Consejería de Bienestar Social y al área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Calzada de Calatrava.

A pesar de que todas las plazas de esta residencia son privadas, la Consejería de Bienestar Social, en virtud de un decreto que regula la apertura y el cierre de este tipo de recursos, está mediando en el conflicto, tal y como hizo en su día con la residencia de la plaza del Pilar de la capital. Así lo confirmó a este diario la directora provincial, Prado Zúñiga, que ayer mismo se puso en contacto con el juez para que aplace el lanzamiento hasta que puedan realojar a todos los usuarios en otros centros privados de la zona. «Verbalmente nos ha trasladado que no habría ningún problema», apostilló. Zúñiga se reunirá el próximo miércoles con los familiares de los mayores para exponerles las distintas opciones que maneja el Gobierno regional para su realojo en otras residencias privadas próximas a la de Calzada, además de informarles de la línea de ayudas que convoca la Junta para el pago de las plazas privadas. También les trasladará que Bienestar Social «agilizará el trámite de reconocimiento de dependencia» de estos residentes. «Haremos todo lo que esté en nuestras manos», sentenció.  Fuentes de la empresa demandante, Cabañas e Hijos SA, explicaron que la solicitud del desahucio del inmueble obedece a los «impagos del alquiler» por parte de la empresa que gestiona la residencia, tras una sentencia del mismo juzgado almagreño, fechada el 12 de marzo de 2018, que «declara resuelto el contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda» suscrito entre Cabañas e Hijos SA y Ruiz Espinosa 2013 SLU el 12 de diciembre de 2013. Asimismo, el juez condenó a la mercantil responsable de la residencia de mayores de Calzada de Calatrava (ubicada en la antigua fábrica de pegamento Imedio) a que «ponga en disposición de la demandante  la finca dentro del plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento en caso de verificarlo». Y además, condenó a la demandada (Ruiz Espinosa 2013 SLU) «a pagar a la parte actora la cantidad de 253.070,37 euros, importe de las rentas vencidas y no pagadas, más las que vencieren hasta la fecha del desahucio, más el interés legal desde la admisión de la demanda». Cabañas e Hijos registró esta sentencia, la notificación del lanzamiento y la fecha del desalojo en la Delegación Provincial de Bienestar Social el pasado 28 de noviembre, para que el servicio de inspección tuviera conocimiento de esta situación.

 Desde la parte demandada, consultada por La Tribuna, aludieron a una ejecución hipotecaria del inmueble y se mostraron confiados en que finalmente no se llevara a cabo el lanzamiento. Un extremo, la ejecución hipotecaria, que reconocieron desde Cabañas e Hijos, aunque aseguraron que está «paralizada», puesto que sus representantes legales presentaron un recurso alegando «cláusulas abusivas» en la hipoteca suscrita en su día con la entidad financiera.


Fuente: la tribuna de ciudad real.

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